Régimen fiscal
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RESICO 2026: el régimen simplificado, explicado

Tasas bajas, menos papeleo, pero con reglas estrictas. Aquí tienes los límites, los requisitos y los errores que provocan expulsión automática del régimen.

Resumen rápido
  • Persona física (626): hasta $3.5 M MXN de ingresos al año. ISR de 1.0% a 2.5% según nivel.
  • Persona moral (626 PM): hasta $35 M MXN, ISR de 30% con flujo de efectivo (pagas cuando cobras).
  • Sin deducciones personales — las claves de uso de CFDI D01–D10 no aplican.
  • Declaraciones mensuales el día 17 del mes siguiente. Anual entre marzo y abril.
  • Expulsado = 5 años fuera del régimen. La salida es definitiva si fue por incumplimiento.

¿Qué es el Régimen Simplificado de Confianza?

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) entró en vigor en 2022 como parte de la Reforma Fiscal. Su objetivo: simplificar el pago de impuestos para contribuyentes de ingresos bajos y medios, con tasas reducidas a cambio de eliminar deducciones y complejidad declarativa.

Hay dos variantes: RESICO Persona Física (código 626) y RESICO Persona Moral (también 626, pero con reglas distintas). Ambos comparten la filosofía: tasas bajas, registro automático del SAT basado en CFDI emitidos, cero deducciones personales.

¿Cuándo conviene RESICO? Cuando tus gastos deducibles son bajos relativos a tus ingresos. Si facturas $500k al año pero tus gastos médicos, colegiaturas e intereses suman menos de $100k, RESICO al 1–2% te sale mucho más barato que Régimen General con ISR progresivo.

RESICO Persona Física (régimen 626)

Diseñado para personas con actividad empresarial, profesional, arrendamiento o una mezcla. Los requisitos son estrictos y cualquier incumplimiento puede provocar la baja automática.

Requisitos de ingreso

  • Ingresos anuales totales menores a $3.5 M MXN (incluye honorarios, actividad empresarial, arrendamiento).
  • No obtener ingresos por servicios profesionales prestados a partes relacionadas que sumen >70% de tu total.
  • Estar al corriente con la emisión de CFDI 4.0 por todos tus ingresos.
  • Contar con e.firma vigente y opinión de cumplimiento positiva ante el SAT.
  • No haber sido expulsado del régimen en los últimos 5 años (baja definitiva).

Tasas de ISR mensuales (2026)

Ingresos mensualesTasa de ISR
Hasta $25,0001.00%
$25,000.01 – $50,0001.10%
$50,000.01 – $83,333.331.50%
$83,333.34 – $208,333.332.00%
$208,333.34 – $291,666.662.50%

Tasas aplicadas al ingreso bruto mensual — sin deducir gastos. No aplica ISR anual escalonado de Régimen General; el provisional mensual ES el impuesto definitivo por ese mes.

RESICO Persona Moral

Para empresas pequeñas y medianas. A diferencia del RESICO PF, aquí sí hay deducciones autorizadas (gastos del negocio) y la tasa es el 30% estándar — pero con un beneficio clave: flujo de efectivo.

Requisitos

  • Ingresos anuales totales menores a $35 M MXN.
  • Socios y accionistas son exclusivamente personas físicas residentes en México.
  • Las acciones o partes sociales NO cotizan en bolsa ni mercado de valores.
  • No tener actividades reguladas por la Ley del Mercado de Valores ni de Fondos de Inversión.
  • Estar al corriente con CFDI 4.0 y opinión positiva de cumplimiento.
Flujo de efectivo en RESICO PM: pagas ISR solo cuando cobras la factura — no cuando la emites. Esto es enorme si tienes clientes que pagan a 60 o 90 días: bajo Régimen General pagarías ISR por facturas no cobradas. En RESICO, la obligación nace con el pago efectivo.

Uso de CFDI permitido en RESICO

Como RESICO no admite deducciones personales, el catálogo de claves de uso de CFDI se reduce. Al facturar como receptor en régimen 626, solo puedes elegir:

ClaveUsoAplica
G01Adquisición de mercancíasCompra de inventario (PM)
G02Devoluciones, descuentos o bonificacionesAjustes
G03Gastos en generalUso más común
I01–I08Inversiones (cómputo, equipo, etc.)Activos depreciables
S01Sin efectos fiscalesSolo comprobante
CP01Pagos (CFDI tipo Pago)Recibos de pago
Nunca uses D01–D10 en RESICO. Aunque el portal de la tienda te deje capturarlo, el timbrado del SAT rechaza la factura con código CFDI40154. Perderás la ventana de facturación si el sistema de la tienda no te permite corregir. Más contexto en nuestra guía de uso de CFDI.

Los 4 errores que te sacan de RESICO

Facturar deducciones personales (D01–D10)

RESICO PF tributa sobre ingreso bruto — no admite deducciones personales. Si facturas honorarios médicos con D01 esperando deducir, no lo vas a poder hacer en tu anual. Usa S01 cuando solo necesitas el comprobante.

Rebasar el límite de ingresos a medio año

Si tus ingresos acumulados pasan $3.5 M (PF) o $35 M (PM), el SAT te expulsa automáticamente al Régimen General al mes siguiente. Hay que actualizar CFDI emitidos con el nuevo régimen — los viejos no se invalidan, pero las nuevas facturas deben reflejar el cambio.

Omitir emitir CFDI de ingresos mensuales

El SAT revisa que emites facturas por todos tus ingresos. Si cobras efectivo sin facturar y luego depositas al banco, la discrepancia bancaria vs CFDI emitidos puede detonar baja del régimen.

Declarar provisionales tarde o con saldo a favor mal calculado

RESICO PF presenta pagos mensuales el día 17 del mes siguiente. Pagar tarde genera recargos y, acumulado, suspensión del régimen. No hay escusa de 'ya pagué en anual' — los provisionales son obligatorios.

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Preguntas frecuentes

¿Cuál es el límite de ingresos para estar en RESICO persona física?+

3.5 millones de pesos MXN al año, sumando todos tus ingresos (actividad empresarial, profesional, arrendamiento). Si rebasas el límite, el SAT te cambia automáticamente a Régimen General al mes siguiente.

¿Cuál es la tasa de ISR en RESICO?+

Para persona física: escalonada del 1.0% al 2.5% sobre ingresos mensuales (sin deducciones). Para persona moral: 30% sobre utilidad fiscal, pero con flujo de efectivo (pagas cuando cobras, no cuando facturas).

¿Puedo deducir gastos médicos o colegiaturas si estoy en RESICO?+

No. RESICO tributa sobre ingreso bruto sin deducciones personales (D01–D10). Si estás en RESICO y vas al médico o pagas colegiaturas, factura con S01 (sin efectos fiscales) — tener el CFDI solo sirve para comprobante, no para reducir tu ISR.

¿Qué pasa si me expulsan de RESICO?+

El SAT te reubica en Régimen General (601 para PM, 612 para PF con actividad empresarial). Tienes que actualizar tu e.firma, cambiar tu perfil en facturación y empezar a presentar declaraciones mensuales con deducciones. No puedes volver a RESICO en los siguientes 5 años.

¿Cómo entro a RESICO si estoy en otro régimen?+

Presentas el aviso de actualización de actividades y obligaciones en el portal del SAT con tu e.firma. El cambio aplica a partir del mes siguiente. Debes cumplir los requisitos (ingresos dentro del límite, CFDI al corriente, opinión positiva).

¿RESICO es mejor que el Régimen General para personas físicas?+

Depende de tus gastos deducibles. Si tienes pocos gastos deducibles (honorarios con poca deducción), RESICO gana por la tasa baja (1%–2.5%). Si tienes muchos gastos deducibles (gastos médicos, colegiaturas, intereses hipotecarios), Régimen General con deducciones puede resultar menor ISR anual.

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